El Complemento INE es utilizado por todos los contribuyentes que vendan, enajenen, arrienden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles (incluidos los aspirantes y candidatos independientes). Debe incorporarse en los CFDI que emitan a favor de dichos partidos y asociaciones durante los procesos de precampaña y campaña. Esto aplica para la adquisición o contratación de propaganda, incluyendo la utilitaria y publicidad, así como de espectáculos, cantantes y grupos musicales, además de bienes y servicios contratados para la realización de eventos de precampaña y campaña, sin importar el monto. Todo esto conforme al artículo 46 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
¿Para qué sirve el complemento INE?
El Complemento INE del CFDI tiene como propósito garantizar la transparencia en la gestión de los recursos de la cuenta pública destinados a los gastos de campaña. En este sentido, es la herramienta del SAT mediante la cual se puede rastrear el uso de los recursos financieros durante el período electoral, cumpliendo así con lo establecido en el Artículo 41 de la Constitución.
Fundamento legal: El fundamento legal de este complemento se basa en la Resolución Miscelánea Fiscal 2018 Regla 2.7.1.8.

¿Qué elementos deben colocarse en el Complemento INE?
En periodo ordinario
- Tipo Proceso
- Tipo Comité
- Clave de Entidad
- Clave de Contabilidad
En periodo Precampaña o campaña
- Tipo Proceso
- Ámbito
- Clave de Entidad
- Clave de Contabilidad
Beneficios del Complemento INE
Los principales beneficios del Complemento INE se dirigen hacia la autoridad fiscal. Al tratarse de comprobantes fiscales, se proporcionan registros detallados de los montos entregados a cada uno de los partidos políticos, asegurando una asignación transparente de fondos hacia los proveedores que ofrecen sus servicios.
- Transparencia en recursos públicos.
- Mayor control de gastos.
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