Montos límite para viáticos

Viáticos: conoce los limites que establece el SAT

Para que los gastos por viáticos sean deducibles fiscalmente, deben cumplir con los siguientes requisitos establecidos por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

  1. Necesidad del gasto: El viático debe ser estrictamente necesario para la actividad empresarial o profesional del contribuyente.
  2. Distancia mínima: El viaje debe realizarse a más de 50 kilómetros del establecimiento del contribuyente.
  3. Relación laboral o profesional: El beneficiario del viático debe ser un trabajador o prestar servicios profesionales al contribuyente.
  4. Comprobación fiscal: Es obligatorio contar con un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que respalde el gasto. En el caso de gastos en el extranjero, se debe contar con documentación comprobatoria que cumpla con los requisitos fiscales.
  5. Medios de pago autorizados: Los pagos deben realizarse mediante tarjeta de crédito, débito o transferencia bancaria. Los pagos en efectivo no son deducibles.
  6. Registro contable: Los gastos deben estar debidamente registrados en la contabilidad del contribuyente.
  7. Límites establecidos: Los gastos deben respetar los montos máximos deducibles establecidos por el SAT.

El SAT establece límites específicos para la deducción de viáticos, los cuales varían según el tipo de gasto y la ubicación del viaje.

  • Alimentación: Hasta $750 MXN diarios por persona en territorio nacional. Hasta $1,500 MXN diarios por persona en el extranjero.
  • Hospedaje: Sin límite en territorio nacional, siempre que se cuente con CFDI válido. Hasta $3,850 MXN diarios por persona en el extranjero.
  • Transporte: No se establece un límite específico, pero se requiere comprobante fiscal que respalde el gasto.
  • Uso o goce temporal de automóviles: Hasta $850 MXN diarios, tanto en México como en el extranjero.
  • Gasolina y mantenimiento de vehículos: Hasta $0.93 MXN por kilómetro recorrido, sin exceder los 25,000 km anuales.
  • Seminarios o convenciones: Si el comprobante no desglosa los gastos, solo será deducible el monto equivalente al límite diario de alimentación.
  • Gastos no comprobados: Se permite que hasta el 20% del total de viáticos no cuente con comprobante fiscal, siempre que no exceda los $15,000 MXN anuales y se haya pagado con tarjeta bancaria del empleador.
  • Viáticos exentos para el trabajador: Los viáticos están exentos de ISR para el trabajador si se comprueba que se utilizaron para fines del empleador y se cuenta con la documentación correspondiente.
  • Obligaciones del empleador: El empleador debe proporcionar al trabajador un CFDI que refleje los viáticos exentos pagados durante el año, a más tardar el 15 de febrero del año siguiente.

¡Conoce el sistema de Gastos de Viaje de Rfácil! Esta solución permite controlar el flujo de comprobación de gastos de representación o viáticos en tu empresa, generando los CFDI de nómina por concepto de viáticos entregados a los trabajadores.

Con funcionalidades como visibilidad y transparencia, mejora del flujo de efectivo, reducción de tiempo al procesar, aprobar y reembolsar gastos. Además, su conexión con el SAT permite la validación de comprobantes, asegurando la deducibilidad de los gastos.


Deja un comentario

Suscríbete a nuestro Newsletter

Recibe nuestro contenido y últimas noticias directamente en tu bandeja de entrada.

Newsletter Rfácil

Descubre más desde Rfácil Desarrollo de Software

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo